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Calculadora de paro – Prestación por desempleo

Calculadora de paro

Prestación mensual orientativa; % desde configuración legal.

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Calculadora de paro – Prestación por desempleo

  • Para calcular tu paro prestación desempleo base reguladora, esta herramienta estima en segundos el importe mensual de tu prestación contributiva según los días cotizados.
  • La herramienta aplica los porcentajes legales vigentes: 70 % durante los primeros 180 días y 50 % a partir del día 181.
  • Calcula automáticamente la duración máxima de la prestación en función del período cotizado en los últimos seis años.
  • Ten en cuenta que el resultado está sujeto a los topes mínimos y máximos del IPREM que fija el Gobierno cada año.
  • Úsala como punto de partida antes de presentar tu solicitud en el SEPE para anticipar tu situación económica.

Cómo funciona la prestación contributiva por desempleo

Cuando una persona pierde su empleo de forma involuntaria, el sistema de Seguridad Social español le reconoce el derecho a percibir una prestación económica durante un tiempo determinado, siempre que haya cotizado el mínimo exigido. Para entender cómo se calcula el importe que corresponde, conviene saber que en el cálculo del paro prestación desempleo base reguladora y duración son conceptos inseparables: la cuantía no es fija, sino que depende de cuánto hayas cotizado, durante cuánto tiempo y de las bases de cotización registradas en los últimos meses trabajados.

Los tres pilares del cálculo

Para entender qué cantidad puedes recibir, conviene tener claros desde el principio los tres conceptos clave del paro prestación desempleo base reguladora y duración de la prestación.

  1. Período de ocupación cotizada: los días que hayas cotizado por desempleo en los últimos seis años determinan cuánto tiempo podrás cobrar la prestación. El mínimo exigido son 360 días cotizados para acceder a 120 días de prestación; a partir de ahí, por cada 180 días adicionales cotizados se suman 60 días más de prestación, hasta un máximo de 720 días (dos años).

  2. Base reguladora: se calcula como el promedio de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días trabajados, dividido entre 180. Este valor es el punto de partida para aplicar los porcentajes legales.

  3. Porcentajes aplicables: durante los primeros 180 días de prestación se aplica el 70 % de la base reguladora; a partir del día 181, ese porcentaje baja al 50 %. Ambos importes están sujetos a los topes mínimos y máximos que marca el IPREM vigente.


Tabla orientativa: días cotizados y duración de la prestación

Días cotizados (últimos 6 años)Duración de la prestación
360 – 539120 días (4 meses)
540 – 719180 días (6 meses)
720 – 899240 días (8 meses)
900 – 1.079300 días (10 meses)
1.080 – 1.259360 días (12 meses)
1.260 – 1.439420 días (14 meses)
1.440 – 1.619480 días (16 meses)
1.620 – 1.799540 días (18 meses)
1.800 – 1.979600 días (20 meses)
1.980 – 2.159660 días (22 meses)
2.160 o más720 días (24 meses)

Nota: esta tabla recoge la escala establecida en el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Los requisitos de acceso y los topes económicos se actualizan periódicamente; consulta siempre la normativa vigente o el portal del SEPE.


Cómo usar esta calculadora paso a paso

Seguir el proceso es sencillo:

  1. Introduce los días cotizados en los últimos seis años. Si no los conoces con exactitud, puedes consultarlos en tu informe de vida laboral, disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  2. Introduce tu base reguladora mensual. Si no la tienes a mano, puedes calcularla sumando las bases de cotización de los últimos seis meses y dividiéndolas entre seis.
  3. Revisa el resultado: la herramienta te mostrará el importe bruto mensual estimado para el primer tramo (70 %) y para el segundo (50 %), así como la duración total de la prestación.
  4. Compara con los topes vigentes: si el importe calculado supera el máximo legal o queda por debajo del mínimo, la plataforma lo ajustará automáticamente al límite correspondiente según el IPREM en vigor.

Topes mínimos y máximos: el papel del IPREM

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es el índice de referencia que el Gobierno actualiza anualmente y que sirve de base para fijar los límites de la prestación por desempleo. Aunque los importes concretos varían cada ejercicio, la estructura es siempre la misma:

  • Importe mínimo: equivale a un porcentaje del IPREM mensual, con un incremento adicional si tienes hijos a cargo.
  • Importe máximo: también se expresa como múltiplo del IPREM, y aumenta según el número de hijos.

Dado que estos valores se revisan con regularidad, esta calculadora utiliza los límites legales vigentes en el momento del cálculo. Para conocer el IPREM exacto del año en curso, consulta la resolución publicada en el BOE o el portal oficial del SEPE.


Retenciones de IRPF sobre la prestación

La prestación contributiva por desempleo tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo. El SEPE aplica una retención a cuenta cuyo porcentaje depende del importe anual estimado de la prestación y de tu situación personal y familiar. En términos generales:

  • Si el importe anual es reducido, la retención puede ser del 0 %.
  • A medida que el importe aumenta, la retención sube de forma progresiva.
  • Puedes solicitar al SEPE que aplique un tipo de retención superior al mínimo si prevés que en la declaración de la renta te saldrá a pagar.

Si quieres estimar cómo afectará la prestación a tu declaración anual, te puede resultar útil la Calculadora de IRPF, que te permite simular tu cuota íntegra según los ingresos del ejercicio.


Situaciones especiales que afectan al cálculo

Trabajo a tiempo parcial

Cuando el contrato extinguido era a tiempo parcial, el cálculo de la base reguladora y de los días cotizados sigue reglas específicas. La base se obtiene de las cotizaciones reales, y los días cotizados se computan de forma proporcional a la jornada realizada. El resultado puede diferir significativamente del de un trabajador a jornada completa con el mismo salario nominal.

Extinción por ERE o despido colectivo

En los procesos de regulación de empleo, el trabajador accede a la prestación en las mismas condiciones que en un despido individual, pero es habitual que la empresa o el fondo de garantía salarial (FOGASA) complementen la indemnización. Esto no altera el importe de la prestación, pero sí puede afectar a la planificación financiera global.

Trabajadores fijos discontinuos

Los trabajadores fijos discontinuos tienen derecho a la prestación durante los períodos de inactividad, siempre que acrediten el período mínimo de cotización. El cálculo de la duración se realiza sobre los días efectivamente cotizados, no sobre el tiempo transcurrido desde el inicio del contrato.

Autónomos con cese de actividad

Los trabajadores autónomos que cotizan por la contingencia de cese de actividad pueden acceder a una prestación equivalente, aunque el régimen jurídico es distinto al de los trabajadores por cuenta ajena. La base reguladora se calcula sobre las bases de cotización del RETA de los últimos doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese.


Compatibilidades e incompatibilidades

La prestación contributiva es, en principio, incompatible con el trabajo por cuenta ajena a jornada completa. Sin embargo, existen supuestos de compatibilidad parcial:

  • Trabajo a tiempo parcial: se puede compatibilizar la prestación con un empleo a tiempo parcial, reduciéndose el importe de la prestación en proporción a la jornada trabajada.
  • Capitalización o pago único: es posible solicitar el cobro anticipado de la prestación en un único pago para emprender un negocio o incorporarse como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral.
  • Renta Activa de Inserción (RAI): en determinados supuestos de especial vulnerabilidad, se puede acceder a este subsidio complementario una vez agotada la prestación contributiva.

Diferencia entre prestación contributiva y subsidio por desempleo

Es frecuente confundir ambas figuras. La prestación contributiva es la que calcula esta herramienta: depende de las cotizaciones previas y tiene una cuantía variable. El subsidio por desempleo, en cambio, es una ayuda asistencial de cuantía fija (vinculada al IPREM) para quienes han agotado la prestación contributiva o no tienen derecho a ella pero se encuentran en situación de necesidad. Existen varios tipos de subsidio según la situación familiar y la edad del solicitante.


Consejos para maximizar tu prestación

  • Revisa tu vida laboral antes de solicitar la prestación: un error en los datos de cotización puede reducir la duración o el importe reconocido.
  • Solicita la prestación en los primeros 15 días hábiles desde la extinción del contrato para evitar perder días de prestación.
  • Comunica cualquier cambio en tu situación (inicio de trabajo a tiempo parcial, variación de cargas familiares) al SEPE para que recalcule la retención y el importe.
  • Guarda toda la documentación del contrato extinguido, la carta de despido o el acuerdo de extinción, ya que el SEPE puede solicitarla durante la tramitación.

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene derecho a cobrar el paro en España?

Tiene derecho a la prestación por desempleo quien haya cotizado al menos 360 días en los últimos seis años antes de quedarse en situación legal de desempleo. Además, es necesario estar afiliado y en alta en la Seguridad Social, no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación y encontrarse en situación legal de desempleo de forma involuntaria.

¿Cuánto tiempo se puede cobrar el paro?

La duración de la prestación depende directamente de los días cotizados en los últimos seis años: a partir de 360 días cotizados se generan 4 meses de prestación, y el máximo es de 24 meses para quienes acrediten 2.160 días o más. Cuantos más días cotizados, mayor será el período de cobro reconocido por el SEPE.

¿Cómo se calcula la cuantía de la prestación por desempleo?

La base reguladora se obtiene dividiendo la suma de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días entre 180. Sobre esa base se aplica un porcentaje del 70 % durante los primeros 180 días y del 60 % a partir del día 181, respetando siempre los topes mínimos y máximos legales vigentes que fija el IPREM cada año.

¿Cuáles son los topes máximo y mínimo del paro?

Los importes mínimos y máximos de la prestación se actualizan periódicamente en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y varían según si el trabajador tiene hijos a cargo o no. Para conocer las cuantías exactas aplicables en el momento de tu solicitud, conviene consultar la tabla oficial del SEPE, ya que estos límites pueden revisarse con cada ejercicio presupuestario.

¿Qué ocurre si trabajo a tiempo parcial y me quedo en paro?

Los trabajadores a tiempo parcial también tienen derecho a la prestación por desempleo, aunque el cálculo de la cuantía y la duración se adapta proporcionalmente a las horas trabajadas y cotizadas. El SEPE aplica reglas específicas para este colectivo que pueden resultar en una prestación inferior a la de un trabajador a jornada completa con el mismo período de cotización.

¿Puedo cobrar el paro si renuncio voluntariamente a mi trabajo?

En general, la renuncia voluntaria al puesto de trabajo no da derecho a la prestación contributiva por desempleo, ya que la ley exige encontrarse en situación legal de desempleo de forma involuntaria. Existen excepciones tasadas, como el abandono justificado por modificación sustancial de condiciones laborales o traslado geográfico, situaciones en las que sí se reconoce el acceso a la prestación.

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el paro tras perder mi empleo?

El plazo para solicitar la prestación es de 15 días hábiles desde la fecha en que se produce la situación legal de desempleo. Presentar la solicitud fuera de ese plazo no hace perder el derecho, pero sí reduce la duración de la prestación en tantos días como se haya tardado en solicitarla, por lo que conviene actuar con rapidez.

¿Puedo compatibilizar el cobro del paro con un trabajo a tiempo parcial?

Sí, existe la posibilidad de compatibilizar la prestación por desempleo con un contrato a tiempo parcial bajo determinadas condiciones reguladas por el SEPE. En ese caso, la prestación se reduce proporcionalmente a las horas trabajadas, de modo que el trabajador percibe la parte de la prestación correspondiente a las horas que no trabaja, alargando así el período total de cobro.

¿Puedo cobrar el paro si soy trabajador a tiempo parcial?

Sí, los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a la prestación por desempleo siempre que acrediten el período mínimo de cotización exigido. La cuantía se calcula en proporción a la jornada trabajada y a las bases de cotización correspondientes.

¿Qué ocurre si encuentro trabajo mientras cobro el paro?

Debes comunicarlo al SEPE de inmediato, ya que la prestación se suspende o extingue según el tipo de contrato que firmes. Si el nuevo empleo es a tiempo parcial, en algunos casos puedes compatibilizar una parte de la prestación con el salario, siempre bajo las condiciones legales vigentes.

¿Puedo cobrar el paro si he sido despedido durante el período de prueba?

Sí, la extinción del contrato durante el período de prueba da derecho a la prestación contributiva, siempre que hayas cotizado el tiempo mínimo necesario antes de ese empleo. Las cotizaciones acumuladas en trabajos anteriores también se tienen en cuenta para calcular la duración y la cuantía.

¿Cómo afecta una indemnización por despido a la prestación por desempleo?

La indemnización por despido no reduce ni retrasa el cobro de la prestación contributiva; son conceptos independientes. Sin embargo, si el SEPE detecta que parte de la indemnización encubre salarios pendientes, puede revisar la fecha de inicio del derecho.

¿Qué es el pago único del paro y cuándo conviene solicitarlo?

El pago único, también llamado capitalización del desempleo, permite cobrar de una sola vez el importe pendiente de la prestación para destinarlo a iniciar una actividad por cuenta propia o incorporarse a una cooperativa. Conviene valorarlo cuando el proyecto empresarial sea viable, ya que una vez capitalizado no se puede recuperar la prestación mensual si el negocio no prospera.

¿Se puede cobrar el paro estando en el extranjero?

En general, la prestación exige residencia y disponibilidad para trabajar en España, por lo que trasladarse al extranjero puede suponer la suspensión o extinción del derecho. Existen excepciones dentro del Espacio Económico Europeo gracias a los reglamentos de coordinación de seguridad social, pero es imprescindible solicitar autorización previa al SEPE antes de salir del país.

¿Qué diferencia hay entre la prestación contributiva y el subsidio por desempleo?

La prestación contributiva se financia con las cotizaciones del trabajador y su cuantía depende de la base reguladora; tiene una duración máxima vinculada al tiempo cotizado. El subsidio por desempleo es una ayuda asistencial de cuantía fija, destinada a quienes han agotado la prestación contributiva o no reúnen los requisitos para acceder a ella, y está sujeto a límites de renta del hogar establecidos por la normativa vigente.